La Paz, Bolivia /QAMASA Digital. – El Concejo Municipal de La Paz aprobó este jueves la Ley Municipal de Provisión e Instalación de Hidrantes, una norma postergada durante dos años que establece la instalación, mantenimiento y fiscalización obligatoria de hidrantes en mercados, centros de salud, áreas comerciales, zonas forestales y nuevas edificaciones en coordinación con Epsas.
La iniciativa fue presentada por el concejal Javier Escalier, quien explicó que la norma, clave para la prevención del fuego, fue paralizada en el ejecutivo municipal por casi dos años. “Vemos necesaria la implementación de esta ley ante la inacción del alcalde volvemos a presentar el proyecto con algunos ajustes técnicos para su adecuada aplicación”.
La norma aprobada contempla:
• Instalación estratégica de hidrantes en centros de salud, mercados, avenidas, áreas forestales y zonas de alta concentración poblacional.
• Criterios técnicos para su ubicación, como densidad poblacional, existencia de centros de salud o educación, zonas comerciales y forestales.
• Mantenimiento obligatorio trimestral, semestral y anual bajo responsabilidad municipal.
• Instalación obligatoria en nuevas obras como requisito para permisos de construcción y funcionamiento en urbanizaciones, edificios multifamiliares y centros comerciales.
• Un régimen de infracciones y sanciones por omisión o negligencia.
Escalier remarcó que la competencia municipal está plenamente respaldada por la normativa vigente. “En Bolivia, los gobiernos municipales tienen relación directa con la instalación de hidrantes porque la normativa nacional les asigna competencias sobre servicios básicos, gestión de riesgos y seguridad ciudadana, que incluyen la prevención y atención de incendios”, explicó.
*Antecedentes: una ciudad vulnerable*
Según seguimiento técnico del concejal, La Paz debería contar con al menos mil hidrantes, pero actualmente solo existiría una fracción de ese número y muchos en mal estado o sin presión suficiente.
La urgencia de la norma se intensificó tras una serie de siniestros registrados en los últimos meses. Además del incendio que destruyó parte de la casona patrimonial de la calle Sagárnaga —cuyo combate se dificultó por la falta de puntos de abastecimiento—, también se reportaron incendios forestales en Pura Pura, Achumani y Bajo Llojeta, así como incendios estructurales en Miraflores, Sopocachi y Alto San Pedro, donde los Bomberos debieron movilizar cisternas ante la inexistencia de hidrantes funcionales cercanos.
“Identificar y reducir riesgos de incendios” y “proveer infraestructura mínima para emergencias, como hidrantes operativos” son obligaciones que recaen en los municipios, recordó el concejal, basándose en la normativa nacional.
*Un paso clave*
La nueva ley obliga al Ejecutivo municipal a coordinar con Bomberos y con la empresa de agua para la instalación y operación adecuada de los hidrantes, considerando que “los hidrantes forman parte del sistema de distribución de agua y están instalados en espacios públicos bajo responsabilidad municipal”.
Escalier enfatizó que su aprobación es coherente con la Constitución, la Ley Marco de Autonomías y la Ley 482, que asignan a los municipios competencias exclusivas en servicios básicos y gestión de riesgos. La medida —afirmó— es esencial para proteger vidas y patrimonio urbano.
“La instalación de hidrantes constituye una medida esencial para proteger la vida, la integridad física de las personas y los bienes públicos y privados”, destacó(Concejal Javier Escalier). .

